Oecd tin

Desde la última vez que se conectó, nuestra declaración de privacidad ha sido actualizada. Queremos asegurarnos de que esté al tanto de cualquier cambio y, por ello, le pedimos que se tome un momento para revisar los cambios. No seguirá recibiendo las suscripciones de KPMG hasta que acepte los cambios.

La obligación de una persona de tributar en Argentina se determina por su condición de residente a efectos fiscales y por la fuente de ingresos que obtenga. El impuesto sobre la renta se aplica a tipos progresivos sobre la renta imponible de una persona física en el año, que se calcula restando las deducciones permitidas del total de la renta imponible.

La obligación de tributar en Argentina viene determinada por la situación de residencia. Una persona puede ser residente, no residente con presencia permanente o no residente a efectos fiscales en Argentina (beneficiario extranjero).

Son: a) las personas físicas extranjeras que no son residentes a efectos de la inmigración pero que han pasado más de 12 meses (no por motivos laborales) en Argentina, o b) las personas físicas extranjeras con residencia permanente a efectos de la inmigración, o c) las que han estado en el país/territorio -por motivos laborales- durante más de 5 años.

Tin prüfen

El organismo tributario argentino AFIP ha publicado una nueva Resolución General (Nº 4.717) que establece las nuevas formalidades y requisitos a los siguientes efectos dentro de las operaciones internacionales:

Al mismo tiempo, la Resolución General contempla cuestiones relacionadas con las operaciones con intermediarios internacionales que intervienen en la exportación e importación de bienes entre o con partes vinculadas, y específicamente en la exportación de bienes listados. Además, la nueva normativa establece pautas sobre la documentación que los contribuyentes y/o responsables deben obtener y conservar para demostrar la correcta determinación de sus resultados. Adicionalmente, la normativa aclara que todas las operaciones del período deben someterse al análisis de los precios de transferencia, en lugar de presentar sólo una selección de muestras como era suficiente anteriormente.

Leer más  Como funciona una television

El estudio deberá ser certificado por un profesional contable independiente o licenciado en economía con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, colegio o entidad que ejerza el control de su matrícula.

Estaño Países Bajos

El 29 de diciembre de 2017 se promulgó la Ley Nº 27340 (la “Ley”), que introduce importantes modificaciones en el sistema tributario argentino. Las modificaciones más destacadas están relacionadas con los impuestos nacionales (federales), las contribuciones a la seguridad social y el régimen penal tributario.

1.1 Organizaciones empresariales. Las utilidades retenidas de las sociedades y establecimientos permanentes relacionadas con los ejercicios iniciados el 01/01/2018 tributarán al 30% y al 25% en relación con los ejercicios iniciados a partir del 01/01/2020. Esto supone una reducción del 35% del tipo anterior.

La distribución de dividendos está sujeta a un impuesto adicional del 7% para 2018 y del 13% a partir de 2020. Sin embargo, la Ley deja sin efecto el impuesto de nivelación establecido por el artículo que sigue al artículo 69 de la ley del impuesto, por lo que los dividendos y ganancias resultantes de los beneficios devengados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la Ley estarán exentos del impuesto adicional.

1.2 Renta presunta por disposición de fondos y bienes. La Ley establece un interés presunto para cada moneda, que debe ser debidamente regulado. En cuanto a la enajenación de bienes, la Ley establece que la renta presunta será equivalente a una tasa anual del 8% del valor corriente de mercado de los inmuebles y del 20% del valor corriente de mercado del resto de los bienes por año.

Leer más  Como abonar por mercado pago

Número de estaño

El 21 de abril de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Ley Nº 27.617 que modifica la Ley de Impuesto a las Ganancias de Argentina e incorpora importantes cambios con impacto en la tributación individual, incluyendo a los trabajadores registrados, jubilados y pensionados.

Entre otros cambios, se incluye la exención de los gastos de guardería y maternidad y jardín de infantes correspondientes a los hijos e hijastros a cargo, hijastros e hijastras de hasta 3 años de edad, así como la provisión de útiles educativos y el pago de cursos de capacitación o especialización para los hijos e hijastros del empleado siempre que sea pagado por el empleador, debidamente respaldado por las facturas correspondientes y en caso de capacitación hasta el 40% de la deducción de la renta no imponible.

Además, los cursos o seminarios de capacitación o especialización están exentos del impuesto a las ganancias siempre que sean indispensables para el desempeño y desarrollo de la carrera del empleado en la empresa y sean pagados por el empleador; y las bonificaciones por desempeño, asignaciones por insuficiencia o compensaciones similares también están exentas del impuesto a las ganancias sólo si el salario mensual del empleado es inferior a AR$300.000. Estas exenciones no deben superar el 40% de la renta no imponible del individuo.

Por Aroa Flores

Hola a todos, soy Aroa Flores y en mi blog personal te ofrezco diversas noticias de actualidad.