Vivir en España

La residencia no lucrativa es uno de los diferentes tipos de visados españoles que se conceden a los ciudadanos extracomunitarios que disponen de medios económicos suficientes para permanecer en el país sin trabajar. También se aplica a los familiares del solicitante, ya que también puede traer a su familia.

Una de sus principales características es que no te permite realizar ningún tipo de actividad económica o profesional en España. Es decir, no puedes trabajar para ninguna empresa que opere en el país. Tiene un carácter no lucrativo.

Con el visado sin ánimo de lucro, lo único de lo que te tienes que preocupar es de tener medios suficientes para mantenerte (y mantener a tu familia). Si puedes demostrar que tienes fondos suficientes y que tu estancia en el país no le costará nada al gobierno, podrás conseguir la residencia. Veremos exactamente cómo más adelante en este artículo.

A diferencia de otros trámites como el de reagrupación familiar, que requiere que hayas vivido en el país durante un año, con el no lucrativo eso no es necesario. Podrás conseguirles el visado al mismo tiempo que consigues el tuyo.

Trasladarse a España

Si está recibiendo prestaciones por desempleo en cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE) o en Suiza, puede seguir recibiéndolas en cualquier otro país del EEE (por ejemplo, España) mientras busca trabajo aquí. Sin embargo, hay que cumplir ciertos requisitos:

Lo contrario también es cierto: si estás trabajando en España y acabas en el paro, puedes realizar los trámites inversos para recibir la prestación por desempleo en cualquier otro país de la UE/EEE o Suiza.

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La cuantía que se percibe como prestación por desempleo se establece en función del salario medio por el que se ha cotizado (sin contar las horas extraordinarias) durante los 6 meses anteriores a quedarse en paro. Durante los primeros 180 días de desempleo, percibirá el 70 % de esa media y después el 50 %.

Una cantidad equivalente a 10 días se deducirá del primer pago del subsidio y se abonará con el último pago. Durante la percepción del subsidio, el trabajador cotizará a la Seguridad Social por el 100% del importe de la paga correspondiente, que se deducirá de la prestación.

Permiso de trabajo para ciudadanos de la UE

Las solicitudes de visado de residencia deben presentarse ante el Consulado español de su país de origen antes de que pretenda entrar en España. Los visados son gestionados por el Ministerio de Asuntos Exteriores español a través de su oficina consular situada en el extranjero.

Existen diferentes tipos de visados, que se expiden en función de cuál sea su propósito para entrar en España: estudiar, trabajar, hacer turismo, invertir, etc. Debe solicitar su visado en función de sus necesidades. No puede entrar en España con un visado de turista y luego, durante su estancia en España, solicitar un visado de residencia. Para ello debe regresar a su país de origen para obtener primero el visado correspondiente.

Si usted es nacional de la UE no necesita un permiso de trabajo para trabajar en España, puede entrar en España y vivir en España sin registrarse en la oficina para nacionales de la UE. No obstante, registrarse como residente en España es siempre aconsejable por una serie de razones como tener un contrato de trabajo en España.

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Antes de trasladarse a trabajar a España, los extranjeros no comunitarios deben obtener un visado de trabajo y residencia. Recuerde que la solicitud del visado de trabajo y residencia debe realizarse ante la oficina consular española en su país de origen.

Trabajar en el extranjero en España

Esta información se ofrece a título orientativo. Debe obtener información definitiva de las autoridades españolas. El Foreign, Commonwealth & Development Office (FCDO) no se responsabiliza de ninguna inexactitud en esta información.

Si se inscribe por primera vez, se le expedirá una tarjeta de residencia biométrica llamada Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Esta tarjeta acreditará sus derechos en virtud del Acuerdo de Retirada.

Si se registró como residente antes del 6 de julio de 2020, tendrá un certificado verde A4 o un papel del tamaño de una tarjeta de crédito de Extranjería o de la policía. Este documento sigue siendo válido y demuestra sus derechos en virtud del Acuerdo de Retirada.

Si tiene problemas para utilizar su certificado verde de residencia de la UE, lea la nota informativa del gobierno español sobre la documentación para los ciudadanos del Reino Unido. En ella se explica qué documentos puedes utilizar para acreditar tu residencia y tus derechos del Acuerdo de Retirada en España. Puede consultar esta nota informativa cuando trate con proveedores de servicios.

Por Aroa Flores

Hola a todos, soy Aroa Flores y en mi blog personal te ofrezco diversas noticias de actualidad.